domingo, 7 de mayo de 2017

JUEZ NATURAL.

Por: Ruben Limas. 


Carabobo recibió con estupor la decisión, expresada en medios por el Mayor General Antonio José Benavides Torres, de presentar a los civiles detenidos en el estado, ante tribunales militares. Si esta amenaza se concreta, todos los funcionarios que le obedezcan, violan el numeral 4 del artículo 49 de la Constitución vigente que reza: "Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto." Lo cual también es ratificado por el Artículo 7 del Código Orgánico Procesal Penal que olímpicamente ignoran estos señores militares.

El principio del juez natural es una fuente de seguridad jurídica, en la medida en que la competencia está establecida por la ley con anterioridad a la ocurrencia del hecho y que es aleatoria la determinación de cual de entre todos es el competente. Lo contrario sería que luego de la ocurrencia del hecho se designe una comisión especial, la cual puede ser fuente de parcialidad a favor o en contra, además, los civiles no pueden ser juzgados en tribunales militares. De hacerlo, se configuraría una grave violación de los Derechos Humanos, previstos y castigados por tratados internacionales reconocidos por la república. Uno de ellos, el Estatuto de Roma, que permite la conformación de la Corte Penal Internacional, persigue estos delitos, los cuales no prescriben y muy pocas naciones pueden servir de refugio a sus autores. El precio a pagar es alto: ser juzgados conforme al artículo 7 del Estatuto de Roma atinente a delitos de Lesa Humanidad por la privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales del derecho internacional.

Los militares deben medir bien sus actos. Al acatar órdenes que contradigan el mandato constitucional y violen DDHH. No podrán aludir la obediencia debida. Serán personalmente responsables, y también deben saber que la cuerda revienta por lo más delgado. Sepan elegir bando: o la constitución o la dictadura.

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