La norma jurídica establece que "se toma en cuenta la Consulta Popular, durante el proceso de formación (etapa de discusión y aprobación) de los proyectos normativos que garantiza la participación protagónica del pueblo donde se promueve la incorporación de sus propuestas y observaciones”, agrega el texto que “este proyecto está fundamentado en la necesidad de incluir aspectos preceptuados en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, de dar a conocer a los ciudadanos y ciudadanos y sus organizaciones, los medios de participación y estar al tanto del trabajo legislativo que se viene desarrollando dentro de su seno”.
Reza el documento que “otro cambio dentro de la reforma, es para establecer los requisitos y procedimientos para presentar las Iniciativas Legislativas Popular referidas a las normas que rigen el espacio municipal y los acuerdos sobre la vida comunitaria”, indica la exposición de motivos que el nuevo instrumento jurídico esta conformado por 52 artículos distribuidos en tres Títulos.
El artículo 1 de la norma expone que “esta Ordenanza tiene por objeto establecer las formalidades y los procedimientos para la presentación, admisión, consulta popular, discusión, sanción, promulgación, publicación y entrada en vigencia de los instrumentos jurídicos municipales dictados por el Concejo Municipal Bolivariano de Valencia en el ejercicio de sus competencias”.
Con Información Nota de Prensa.
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